domingo, 12 de febrero de 2012

La esperada Reforma Laboral ya está aquí



Por Decreto y sin acuerdo... así llegó el viernes 10 la anunciada Reforma Laboral. Os resumo a continuación los aspectos más destacados que nos afectarán a todos en los Nuevos Tiempos:
  
Despidos más baratos:

Las indemnizaciones por despido en caso de los contratos fijos que se firmen a partir de ahora cambian a:

§   En caso de despido improcedente: 33 días por año trabajado y un máximo de 24 mensualidades (frente a los 45 días y las 42 mensualidades actuales). Nota: los trabajadores que tenían un contrato de 45 días mantendrán esta indemnización hasta la fecha de entrada en vigor de la reforma. A partir de ese momento, tendrán una indemnización de 33 días pero mantienen el derecho a 42 mensualidades.

§     En caso de despido procedente: 20 días por año trabajado, hasta un máximo de 12 mensualidades (no cambia). Lo que sí se “flexibilizan” son las causas por las que el empresario puede recurrir a esta fórmula. Por ejemplo: se permitirá apelar a “causa económica de despido” no sólo en casos de pérdidas actuales o previstas. Sino también en el supuesto de una disminución persistente (si se produce durante tres trimestres consecutivos) de los ingresos o ventas. 

Otras novedades sobre despidos:

  • Se elimina la autorización laboral administrativa que se requería en los despidos colectivos. Es decir, que los ERE solo los tendrá que autorizar el juez y ya no hará falta que lo haga también la Consejería de Empleo de la CC.AA. correspondiente.
  • Se facilita el despido “público”: los organismos y entidades que forman parte del sector público podrán también despedir invocando causas económicas, técnicas, organizativas y de producción.
  • Se establecen limitaciones a las indemnizaciones de los directivos de entidades financieras y de los directivos del sector público.

Contratos temporales:

Se recupera el límite de 2 años máximo al encadenamiento de contratos temporales, aunque el 2012 será un año de carencia y empezará a aplicarse a partir del 1 de enero de 2013.


Contrato para pymes:

Con el fin de facilitar la contratación indefinida por parte de las pymes y autónomos, se pondrá en marcha un contrato indefinido de apoyo a los emprendedores. Las principales características de esta modalidad contractual son las siguientes:

  • Se trata de un contrato indefinido para empresas de menos de 50 trabajadores.
  • Conlleva una deducción de 3.000 euros por el contrato del primer empleado menor de 30 años.
  • El período de prueba será de un año.

Nuevo contrato de formación:

Se pondrá en marcha un nuevo contrato de formación que sustituirá al actual de formación y aprendizaje. Sus principales características son:

  • La edad máxima para acogerse a este tipo de contrato:
-      30 años con una tasa de paro superior al 15% como la actual.
-      25 años, cuando la tasa de paro sea inferior al 15%.

  • El trabajador tendrá derecho a 20 horas de formación al año pagada por la empresa, siempre que cuente con un año de antigüedad.
  • Se crea una “cuenta formación” en la que se recogerá la formación recibida a lo largo de su vida activa.

Bonificaciones a la contratación:

Para fomentar la contratación indefinida de jóvenes y de parados de larga duración se ofrecerán bonificaciones de la siguiente cuantía:

  • Contratos indefinidos a jóvenes (entre 16 y 30 años): un máximo 3.600 euros.
  • Contratos indefinidos a parados de larga duración (más de un año): un máximo de 4.500 euros.

Medidas de flexibilidad en la empresa:

  • Se elimina el sistema de clasificación de trabajadores por categorías y se generaliza el sistema de grupos profesionales. El objetivo: que un trabajador pueda desempeñar diferentes funciones y puestos en una misma empresa.
  • También se facilita la modificación de las condiciones de trabajo por parte del empresario para  cambiar de lugar de trabajo (movilidad geográfica) y  modificar jornadas y horarios laborales.
  • Se elimina la exigencia de autorización administrativa y se simplifican los trámites para reducir la jornada de trabajo o suspender el contrato en situaciones de disminución de la demanda.

Negociación colectiva:

  • Los convenios de empresa tendrán prioridad sobre cualquier otro.
  • Se facilita que las empresas "en dificultades" no apliquen el convenio de ámbito superior, lo que popularmente se conoce como el “descuelgue”.
  • Se pone fin a la llamada “ultraactividad”, lo que supone que los convenios ya no se prorrogarán hasta que se firme uno nuevo. A partir de ahora, el plazo para llegar a un acuerdo es de dos años. Después, el convenio deja de estar vigente.

Pues ya sabéis, éste es el ámbito en que nos moveremos las Nuevas Empresas y los Nuevos Trabajadores en los Nuevos Tiempos.


Y si no habéis tenido suficiente para este frio domingo podéis ampliar información leyendo el texto completo del Real-Decreto Ley que marcará un antes y después en la legislación laboral de nuestro país. Aquí os dejo el enlace al BOE nº 36 de 11 de febrero de 2012.

6 comentarios:

  1. Alguna de las medidas que se proponen estan bien, como lo del contyrato temporal, bonificaciones a la contratación, contratos para pymes. Del contrato de formación tengo mis dudas, de la negociación colectiva muchas más, y ya de los despidos y de las medidas de la flexibilidad ninguna de que es un claro y grave retroceso a los derechos de los trabajadores y trabajadoras.

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  2. Vayam publicas tambien los Domingos?. A mi me da que esta reforma no va solucionar nada el tema del empleo, y por una razón muy simple: la mayoría de los contratos que se hacen actualmente es por obra y servicio, osea que olvidate de despido improcedente. Por otra parte, si una empresa se "anima" a hacer un contrato indefinido, le va a retroaer el que si luego tiene que despedirle le tenga que amortizar 45 o 33 días por año trabajado?

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  3. Yo no hago más que preguntarme: si el paro sube porque hay muchos despidos -incluso cuando dicdecían en que estaba tan difícil despedir- ... ahora que lo ponemos tan facilito ¿habrá más ¿no?

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  4. Le llaman Reforma Laboral pero yo diría que se trata de "regreso a la esclavitud".
    Nada más que decir.

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  5. Vaya, el contento logrado con el artículo de la ilusión (el de la foto de los tulipanes y vídeo de trabajadores de IKEA) se esfuma al leer esto. Esto es una vergüenza. ¿Qué mas quieren que hagamos los que estamos en el paro para encontrar trabajo?

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  6. Bueno, la verdad es que haya reforma laboral o no las cosas no cambian demasiado. Lo que es necesario es que se modifiquen las circunstancias socio-económicas y la "cultura" laboral y empresarial...y esto me temo llevará algún tiempo. Entra cada lunes que intentaré en la medida de mis posibilidades "motivarte" un poquito. Ánimo!

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